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Pymes y autónomos del sector cultural y deportivo se pueden acoger a la línea de avales aprobada por el Gobierno

Pymes y autónomos del sector cultural y deportivo se pueden acoger a la línea de avales aprobada por el Gobierno

pymes y autonomos del sector cultural

 

 

  • El Consejo de Ministros ha acordado las características del primer tramo de la Línea de Avales para empresas y autónomos, por importe de hasta 20.000 millones de euros
  • Con esta línea de avales, el Gobierno da una oportunidad de acceso a liquidez económica para empresas del sector cultural y deportivo
  • Puede atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias
  • El Ministerio de Cultura y Deporte mantiene un contacto permanente con ambos sectores y trabaja en atender a sus necesidades

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la Línea de Avales para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. La Línea de Avales se ha aprobado con una dotación de hasta 100.000 millones de euros, si bien el primer tramo activado ayer tiene un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reservará para garantizar préstamos de autónomos y PYMEs.

Esta línea de avales será gestionada a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y avalará la financiación otorgada por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos. Tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

Con esta línea de avales el Gobierno da una oportunidad de acceso a liquidez económica para empresas del sector cultural y deportivo. En el caso del sector cultural, está compuesto mayoritariamente por un tejido de pequeñas empresas y microempresas (sólo el 0,7% de las empresas tienen más de 50 trabajadores).

Se garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones financieras.

Preguntas frecuentesEnlace externo, se abre en ventana nueva

Las principales características de la línea de avales son las siguientes:

  • ​Podrán solicitarla las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 ni en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.
  • El aval garantizará el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes. Para el resto de empresas, el aval cubrirá el 70% del préstamo nuevo concedido y el 60 de las renovaciones.
  • El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años. El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras.
  • Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020. Para ello, deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.
  • Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones que se beneficien de estos avales en línea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19. También asumen el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.

Respecto a su aplicación en el ámbito deportivo, cabe señalar que las entidades deportivas (clubes deportivos y Federaciones Deportivas), están definidas mayoritariamente como entidades sin ánimo de lucro, y pueden incardinarse en el concepto de PYME. De acuerdo con la guía elaborada por la Comisión Europea, desde 1 de enero de 2005, se considera empresa «toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica». El factor determinante, por tanto, es la actividad económica, no la forma jurídica. En la práctica, esto significa que las personas que trabajan por cuenta propia, las empresas familiares, asociaciones, sociedades o cualquier otra entidad que desarrolle una actividad económica de manera regular pueden ser consideradas empresas.

No se considerarán actividades económicas aquellas que no conlleven algún tipo de compensación pecuniaria (por ejemplo, becas, subvenciones y donaciones); o bien, aquellas para las que no exista un mercado determinado o directo; o aquellas para las que no sea posible diferenciar los ingresos generados de los ingresos personales de sus socios o accionistas.

Atención a las demandas del sector

El Ministerio de Cultura y Deporte trabaja con los demás departamentos ministeriales para garantizar que las medidas transversales en el ámbito laboral, económico y tributario que está adoptando el Gobierno se adaptan a las particularidades del sector cultural y deportivo.

Igualmente tras la ronda de conversaciones mantenida con las principales asociaciones del sector el Ministerio trabaja para adaptar las líneas de ayudas que concede a las nuevas circunstancias, de forma que se atienda las necesidades actuales derivadas de la grave crisis sanitaria que estamos sufriendo a nivel mundial.

A modo de ejemplo, entre las líneas de trabajo que se están desarrollando figuran las del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, que estudia reprogramar las actividades interrumpidas con el objetivo cumplir sus compromisos con los artistas cuya actividad se ha visto suspendida. También se está trabajando en una reformulación del programa PLATEA para garantizar la sostenibilidad de las compañías de teatro, música, danza y circo. De igual modo se va a procurar acelerar las subvenciones nominativas a las principales instituciones nacionales del sector.

Relanzamiento y apoyo una vez superada la crisis del COVID-19

El Ministerio de Cultura y Deporte trabaja en una campaña a nivel nacional de apoyo a la cultura para atraer a los ciudadanos a la actividad cultural una vez superada la grave situación en la que estamos es estos momentos, una actividad cultural que es esencial para preservar los valores de una sociedad democrática, crítica y solidaria. Solidaridad de la que la cultura está dando muestra en estos días.

Apuesta por el acceso a la cultura on line: #LaCulturaEnTuCasa

Durante la aplicación del Estado de Alarma, el Ministerio de Cultura y Deporte, con los Museos y Archivos dependientes del Departamento, con la Biblioteca Nacional y la Filmoteca Española, está realizando un gran esfuerzo para que los ciudadanos puedan seguir accediendo a la cultura y a los bienes culturales, aunque no puedan acceder físicamente a ellos.

Por una parte, todos los Museos dependientes del Ministerio de Cultura y Deporte están reforzando sus páginas webs e incrementando su presencia en las redes sociales. De esta manera, el público puede acceder a una parte significativa de los fondos de los Museos, de las actividades ya realizadas y de las exposiciones ya clausuradas. Además, el Ministerio está preparando exposiciones virtuales para los próximos meses. También los Archivos del Estado están preparando exposiciones y webs especiales para difundir bloques documentales específicos. La Biblioteca Nacional está reforzando sus fondos bibliográficos on line para asegurar que la ciudadanía pueda conocerlo, disfrutarlos y estudiarlos y Filmoteca Española está impulsando la difusión a través de películas del patrimonio fílmico español y actividades complementarias sobre el mismo.

Línea Asintencial Covid-19

Línea Asintencial Covid-19

Gestión de aportaciones económicas para profesionales del sector audiovisual afectados por la crisis de la COVID-19.

¿QUÉ ES LA LÍNEA ASISTENCIAL?

Netflix, Acción Cultural Española (AC/E), la Academia de Cine y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) han sumado fuerzas para impulsar una línea asistencial para los profesionales del audiovisual más impactados por la crisis de la COVID-19 en España. Las aportaciones económicas están dirigidas a los trabajadores del apartado artístico y/o técnico que estén atravesando una situación económica precaria y no puedan trabajar debido al cese de la producción audiovisual.

BASES DE LA CONVOCATORIA

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Podrán solicitar esta aportación económica todas las personas trabajadoras de nacionalidad española o residentes en España, por cuenta ajena o autónomos, que pertenezcan al sector audiovisual prioritariamente de cine/ficción (CNAE 5912, 5915 y 5920) o que puedan acreditar de manera fehaciente su vinculación con el sector audiovisual, y que reúnan los siguientes requisitos:
    1.1 Personas que se encuentren en situación de desempleo y que sus ingresos dependan de contratos que se hayan visto paralizados, suspendidos o pospuestos a raíz de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, y que no tengan derecho a prestación por desempleo, o bien que, teniendo derecho a algún tipo de prestación, esta sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2020 (950 €);
    1.2 Que, a su vez, no hayan obtenido unas rentas totales superiores a los 20.000€/brutos en el ejercicio 2019.
  1. Los trabajadores y trabajadoras han de acreditar un mínimo de cotizaciones durante el último año en el sector audiovisual. Concretamente, con carácter general, es necesario haber trabajado al menos 2 meses durante los 12 meses previos a la declaración del estado de alarma. Para el caso de trabajadores y trabajadoras que cotizan en el régimen general en su especialidad de artistas, es necesario haber trabajado al menos 15 días (15 actuaciones o prestaciones de servicios) en los últimos 12 meses previos a la declaración de dicho estado de alarma.

El incumplimiento de los requisitos anteriores (1, 1.1, 1.2 y 2) se considerará criterio excluyente para la participación en la convocatoria.

  1. Dentro de los trabajadores y trabajadoras anteriormente mencionados, se primarán circunstancias especiales como los casos de estado de salud o condición médica susceptible de baja laboral de larga duración: entre seis meses y un año, prorrogable hasta dos.
  1. Asimismo, se primarán también las solicitudes que acrediten tener hijos a cargo o en régimen de adopción/ acogimiento familiar, así como personas dependientes a cargo. Se priorizarán las familias monoparentales y los trabajadores con niños a su cargo menores de 12 años.
  1. Por último, se tendrá en cuenta si las personas beneficiarias se encuentran en situación de especial vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera, priorizando aquellas que no disponen de otros ingresos dentro de la unidad familiar.

El incumplimiento de los requisitos 3, 4 y 5 anteriores no se considerará criterio excluyente para la participación en la convocatoria, si bien se priorizarán estas circunstancias a la hora de evaluar las solicitudes.

Para una mejor apreciación de las circunstancias anteriormente establecidas, podrá requerirse a los solicitantes otro tipo de información que pudiera considerarse relevante. VER BASES COMPLETAS

El plazo de presentación permanecerá abierto desde el 14 al 29 de mayo.

Accede aquí al formulario de solicitud

 

 

ACCESO EXTRAORDINARIO A PRESTACIÓN POR DESEMPLEO PARA ARTISTAS

ACCESO EXTRAORDINARIO A PRESTACIÓN POR DESEMPLEO PARA ARTISTAS

Según RDL de 5 de mayo de 2020 se establece el acceso extraordinario por desempleo de los artistas en espectáculos públicos.

Requisitos para poder acceder:

-No estar percibiendo ninguna prestación

-No estar actualmente de alta de autónomo.

-Estar en situación legal de desempleo (demandante de empleo)

-Tener cubierto el periodo mínimo de cotización (al menos 20 días de actividad en el  año anterior al inicio de la situación legal de desempleo) en el régimen especial de artistas.

 

Duración de la prestación:

-La duración de la prestación estará en función de los días de alta en la seguridad social

 

Desde 20 hasta 54 días de actividad —————–120 días de prestación

Desde 55 días de actividad en adelante —————–180 días de prestación

 

Como presentar la prestación

-Acceder a www.sepe.es

-Pinchar sobre el Formulario Pre-solicitud prestaciones por desempleo

-Pinchar en la palabra formulario que aparece subrayada.

-Rellenar y enviar el formulario

 

Posteriormente se pondrá en contacto por teléfono un funcionario del SEPE para ver si le corresponde la prestación y si es necesario que aportar alguna documentación.

Fuente: Paqui Naranjo. Dep. Laboral Tabacasol.

 

Avance de las medidas de Reactivación del Sector Cultural

Avance de las medidas de Reactivación del Sector Cultural

Así será la desescalada cultural con todas sus fases. Los auditorios abrirán sus puertas en la Fase 2 pero con un aforo limitado. Las librerías, por su parte, vuelven en la Fase 0, en pocos días, pero con las medidas de distancia exigidas por Sanidad.

 

 

El camino hacia la «nueva normalidad», el plan de desescalada que ha aprobado este martes el Gobierno, tiene como horizonte finales de junio, con un programa en cuatro fases a distintas velocidades según las provincias o las islas más o menos afectadas por la pandemia de coronavirus. Pero ¿cómo afecta a los cines, los teatros o a los toros? ¿Cuándo vamos a poder disfrutar de estas actividades? Aquí te explicamos las fases de la desescalada cultural:

 

Fase 0

La fase 0, de preparación y que comienza el 4 de mayo, incluye la apertura de los pequeños comercios, entre los que figura las librerías y los archivos, y que podrán ir volviendo a la actividad propia con las medidas de seguridad y prevención dictadas por Sanidad para esta fase inicial.

Fase 1

En la Fase 1, lss Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo). Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo). Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria). Museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas. Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas. También se reanudarán la producción audiovisual y rodajes de cine y series.

Fase 2

Los cines, los teatros y los auditorios podrán reabrir sus puertas, reduciendo su capacidad a un tercio, en la fase 2 del proceso de desescalada (que sería al menos en cuatro semanas), que cuenta con cuatro etapas y que se completará a finales de junio, según ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

En la Fase 2 volverá la actividad, con aforos controlado y reducido a los cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de 1/3. Monumentos y otros equipamientos culturales (solo visitas; no actividades culturales) 1/3 aforo. Salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso 1/3 aforo, con control de aglomeraciones. Actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo). Actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria). Turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.

Fase 3

En la Fase 3 seguirá la desescalada con las actividades con 1/3 de aforo en fase II podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase. Salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3. Actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).

Esta fase, está la excepción taurina. Plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 m2.

También hay que incluir en su reapertura los actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria). Y el turismo activo y de naturaleza. Además de playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.

Fuente: ABC.es

 

 

El limbo jurídico de los artistas de clase media

Vamos a compartir con vosotros, artístas, un artículo muy interesante que creemos que puede interesaros:

«El limbo jurídico de los artistas de clase media

La mayoría de los actores y músicos, abonados a la precariedad, sufren la ausencia de un régimen claro

 

No todos los artistas son Rosalía, ni mueven enormes masas de fans, ni ganan elevadas sumas de dinero. Por debajo de las grandes figuras, la mayoría de los músicos o actores no pueden vivir de su profesión y tienen que compaginarla con otros empleos. Unos ponen copas, otros dan clases particulares e, incluso, hay quien gestiona los documentos de indentidad en una comisaría. Una situación de precariedad agravada por otro factor: la falta de una regulación adaptada a sus necesidades y problemas. La intermitencia en los trabajos, la dificultad para acceder a prestaciones sociales (bajas por maternidad, enfermedad, paro o jubilación, especialmente en carreras cortas, como la de los bailarines) y las prácticas irregulares son solo algunas de las situaciones que aquejan a este colectivo que, a las puertas de una nueva legislatura, vuelven a pedir una normativa que les ampare y les ofrezca certidumbre.

Antes de las elecciones generales de abril, se intentó la aprobación de un Estatuto del Artista, una norma que actualizaba las condiciones del ejercicio profesional y ponía especial atención en la igualdad de género. Sin embargo, su tramitación en el Congreso de los Diputados no pasó de la aprobación del informe definitivo del texto. Las propuestas que contenía, más de 70, mejoraban el real decreto de 1985, que regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos, y reformaba el régimen de seguridad social y fiscalidad para adaptarlos a la intermitencia y temporalidad que caracterizan la mayoría de sus trabajos, ya sea por cuenta propia o ajena. Debido a la situación de interinidad política, el proyecto se encuentra durmiendo el sueño de los justos.

 A la espera de que el nuevo Gobierno lo retome, muchos profesionales conviven con los problemas para poder vivir de su actividad. En el sector de la música, por ejemplo, la precariedad se ceba con las artistas emergentes y las bandas y músicos de a pie (que suman el 90% del conjunto). Una mala situación a la que contribuye la falta de claridad sobre qué relación contractual tienen con el empresario que los contrata para un concierto o festival: laboral o por cuenta propia.

La cuestión no es baladí. La existencia de laboralidad otorga al músico los derechos como el salario mínimo, el alta en el régimen especial o la cobertura ante accidentes. A cambio, no pueden deducirse determinados gastos, como desplazamiento o dietas. En el otro extremo, si se considera que la banda produce su propio espectáculo, como empresa o autónomo, surgen dificultades para cotizar.

Iniciativas

Entre las iniciativas que han surgido para promover reformas que den soluciones adaptadas al colectivo se encuentra la PLAM (Plataforma Estatal por la Música). La organización, integrada por asociaciones que representan a más de 8.000 músicos, trabaja en la elaboración de unos textos comunes, junto con promotores, festivales, ayuntamientos y agrupaciones de salas. La idea es crear un marco ordenado para acabar con la precariedad de los músicos, pero también la de los espacios. Las salas, especialmente las de menor aforo, sufren «la incertidumbre y la indefensión jurídica de no saber cómo hacer bien las cosas», afirma Carmen Zapata, gerente de ASACC (Associació de Sales de Concerts de Catalunya).

Según explica la abogada Patricia Gabeiras, del equipo jurídico de la PLAM, su prioridad es modernizar una normativa laboral obsoleta y acoplarla a la realidad de la industria actual. En este sentido, es muy relevante aclarar quién asume el papel de empresario cuando se negocia un espectáculo. Para ello, la letrada ve necesario asumir la complejidad de las contrataciones en el sector y distinguir los casos en los que sí se dan las notas de laboralidad, de aquellos en los que los músicos son sus propios jefes. El problema, profundiza, es que existen intérpretes y grupos a los que no se les reconoce la condición de trabajadores, pero tampoco pueden afrontar la cuota de autónomo (unos 280 euros mensuales). Sin embargo, estima que la solución no está en agruparlos a todos en un mismo saco. «No puede considerarse autónomo a quien debe ser contratado laboralmente, ni viceversa. Hay que aclarar y mejorar en ambos casos el régimen fiscal y de seguridad social», afirma Gabeiras.

Para establecer la frontera entre artistas por cuenta propia o ajena, Manuel López, abogado especializado en música del despacho Sympathy for the Lawyer, subraya que hay que analizar una serie de factores y pone de ejemplo una sentencia del Tribunal Supremo de 2012 que considera ilustrativa. En ella se rechazaba calificar como despido (figura propia de los contratos de trabajo) el cese de un músico de un hotel por no concurrir los requisitos de ajenidad y dependencia típicos de una relación laboral. El intérprete elegía el repertorio en función del público; aportaba los instrumentos; si se ausentaba, él mismo contrataba y pagaba a un sustituto; y realizaba actuaciones para otras empresas. Era, por tanto, un trabajador por cuenta propia. Es decir, la relación es mercantil si el artista o la banda asumen la dirección artística del concierto, el nombre del grupo, el estilo, vestuario… Por el contrario, son claramente laborales la mayoría de trabajos en un tablao flamenco o en una orquesta de verano, o los bailarines que acompañan a Rosalía en sus giras.

Estos matices legales, sin embargo, no son compartidos por todos. La sección del sector musical del sindicato CNT defiende la laboralidad de las actuaciones. Según su portavoz, David García Aristegui, no hay que flexibilizar la ley, sino adaptarla: «A los intérpretes en directo, en las artes escénicas o en la música, hay que hacerles contrato». No tiene sentido exigir factura a quien está empezando y no tiene estructura social, concluye, lo que hay que hacer es darles de alta en el régimen especial de artistas.»

 

Fuente: El País.

 

 

Premios LORCA de las Artes Escénicas de Andalucía

Premios LORCA de las Artes Escénicas de Andalucía

El espectáculo «Rey Lear» de la compañía sevillana Atalaya ha sido la gran triunfadora de los VII Premios Lorca, concedidos por la Asociación de las Artes Escénicas de Andalucía (Aresan), con seis galardones en una gala de entrega celebrada en el Teatro Central de Sevilla.

La gala fue presentada y dirigida por nuestra querida Paz Alarcón, la que ofreció a los asistentes varios shows músicales. Se entregaron 26 premios en todas la categorias del teatro Andaluz.  El presidente de Aresan, Javier Paisano, recordó en su discurso el reciente fallecimiento de «cuatro figuras emblemáticas en sus disciplinas: Cesáreo Estébanez como actor, Julio Martínez Velasco, escritor y crítico teatral, el gran autor Miguel Romero Esteo, y el que para muchos es considerado uno de los padres del actual teatro andaluz, Salvador Távora”

¡¡Enhorabuena a todos los premiados!!

 

Tabacasol, como patrocinador de los Premios LORCA de las Artes Escénicas de Andalucía, apoyando la cultura.

 

INACTIVIDAD ARTISTAS NOTA INFORMATIVA

INACTIVIDAD ARTISTAS

NOTA INFORMATIVA

 

El Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre (BOE día 29) por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía, regula la posibilidad de que los artistas en espectáculos públicos puedan continuar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante los periodos de inactividad en el ejercicio de su profesión.

Para ello, podrán solicitar dicha inclusión de forma voluntaria ante la Dirección Provincial o Administración correspondiente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con los siguientes requisitos:

– Ser artistas en espectáculos públicos con relación laboral especial, así como el personal técnico y auxiliar.

– Acreditar, al menos 20 días de alta de prestación real de servicios en empresas Régimen General, colectivo de artistas, durante el ejercicio 2018.

– Las retribuciones percibidas por esos días de actividad deben superar la cuantía de tres veces el Salario Mínimo Interprofesional en cómputo mensual (importe 3150€).

– No pueden acogerse aquellos trabajadores que en el momento de la inclusión estuvieran de alta en cualquier otro régimen de la Seguridad Social.

El plazo de solicitud debe realizarse entre los días 1 y 15 de enero de cada año. Excepcionalmente, para el año 2019, este plazo se ampliará desde el día 1 de enero hasta el 31 de marzo, con efectos a partir del 1 de enero.

Las solicitudes se ajustarán al modelo TA 0122 y se pueden descargar desde la siguiente dirección:

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliación/10817/31190.

Respecto a la baja, ésta puede producirse a petición del propio trabajador o de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social por falta de abono de las cuotas durante dos mensualidades consecutivas.

 

El trabajador es el responsable, durante los periodos de inactividad, del cumplimiento de la obligación de cotizar e ingresar las cuotas. La cotización es de carácter mensual.

La base de cotización aplicable será la base mínima vigente en cada momento por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 de la escala de grupos de cotización del régimen General (1.050,00 euros), y el tipo aplicable es el 11.50% (importe mensual 120,75€).

La acción protectora comprenderá las prestaciones económicas por maternidad, paternidad, incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes, así como jubilación.También quedará protegida, durante los periodos de inactividad, la situación de la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia natural hasta que el hijo cumpla 9 meses, que no pueda continuar realizando la actividad laboral que dió lugar a su inclusión en el Régimen General como artista en espectáculos públicos a consecuencia de su estado, debiendo acreditarse dicha situación por la inspección médica del Instituto Nacional de la Seguridad Social. En estos supuestos se reconocerá a la trabajadora un subsidio equivalente al 100 por ciento de la base de cotización (1050€) establecida en el apartado anterior.

El pago de dicha prestación será asumido mediante la modalidad de pago directo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Por todo ello, si cumples todos los requisitos y solicitas la inactividad, por cada mes completo que pase de inactividad pagarás de seguridad social 120,75€ (esto es 1050€*11,50%)

Paqui Naranjo
Asesora Laboral en Asinpe S.L.

Para Cualquier duda, llámanos al 954 09 12 07

TABACASOL DISPONE DE SU PROPIA PRODUCTORA

 TABACASOL DISPONE DE SU PROPIA PRODUCTORA

Tabacasol nace como evolución natural de nuestra idea inicial de prestar servicios de gestión en artes escénicas. Llegamos a la producción gracias a la amplia experiencia desarrollada en estos años trabajando codo a codo con el sector artístico y cultural.

Llevamos años coproduciendo espectáculos de nuestros clientes, facilitando así el desarrollo de sus ideas, que se han convertido en realidades. Con esta unión hemos contribuido a poner en escena proyectos interesantes y de un altísimo nivel.

Nos hemos convertido en productora de nuestros propios proyectos, siempre fruto de la alianza con artistas de talento. La amplia trayectoria de nuestra empresa en el sector nos impulsa a involucrarnos para desarrollar proyectos ambiciosos.

 

TABACASOL PATROCINADOR DE LOS PREMIOS ASECAN

TABACASOL PATROCINADOR DE LOS PREMIOS ASECAN

TABACASOL LA FILIAL DE ASINPE

(ASESORÍA OFICIAL DE ASECAN) 

La Asociación de Escritoras y Escritores Cinematográficos de Andalucía – ASECAN – ya dio a conocer las nominaciones a los Premios Asecan del Cine Andaluz  2018 que se celebran con la Fundación de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) como entidad colaboradora oficial.

El Antiquarium de Sevilla acogió la lectura de nominaciones a los Asecan y en el que han estado presentes los nominados en las 23 categorías. El acto ha sido introducido por Javier Paisano, Juan Antonio Bermúdez y Lourdes Palacios, presidente, vicepresidente y secretaria de ASECAN respectivamente, y Arturo Cid, miembro del Consejo Territorial Andaluz de la SGAE. Les han acompañado Antonio Gonzalo, consejero andaluz de la entidad, y Verónica Repiso, directora de la SGAE en Andalucía. A continuación las nominaciones han sido presentadas por los intérpretes Avelino Piedad, Alicia Moruno, Mila Fernández y Gracy Jaramago; y los guionistas Carmen Pombero y Jorge Laplace.

Entre las películas que destacan por su número de nominaciones se encuentran ‘El autor’, del almeriense Manuel Martín Cuenca con 9 nominaciones; y ‘Las heridas del viento’ del cordobés Juan Carlos Rubio y ‘El Intercambio’ del malagueño Ignacio Nacho con 6 nominaciones cada una.

‘Morir’ de Fernando Franco, ‘No sé decir adiós’ de Lino Escalera, ‘El mar nos mira de lejos’ de Manuel Muñoz Rivas, ‘Maniac Tales’ de Enrique García, Kike Mesa y Abdelatif Hwidar y ‘Resort Paraiso’ de Enrique García concurren con 5 nominaciones cada una. Por su parte ‘Señor, dame paciencia’ de Álvaro Díaz Lorenzo, ‘Samba, un nombre borrado’ de Mariano Agudo, ‘Indestructible, el alma dela salsa’ de David Pareja, ‘La llamada’ de Javier Calvo y Javier Ambrossi, y ‘Abracadabra’ de Pablo Berger acumulan 3 nominaciones cada una.

Con 2 nominaciones competirán ‘El Bar’ de Álex de la Iglesia, ‘Tierra Firme’ de Carlos Marqués-Marcet y ‘Boyplay’ de Edgar Burgos.

El Asecan a Mejor Película se lo disputarán ‘El autor’, ‘Morir’, ‘No sé decir adiós’, ‘Señor, dame paciencia’ y ‘Las heridas del viento’, que supone uno de los mejores debuts de una ópera prima de producción y equipo andaluz.

Los directores andaluces que este año aspiran al Asecan son Mariano Agudo por ‘Samba, un nombre borrado’, Antonio Cuadri por ‘Operación Concha’, Álvaro Díaz Lorenzo por ‘Señor, dame paciencia’, Fernando Franco por ‘Morir’ y Manuel Martín Cuenca por ‘El autor’.

Este año los socios y socias de Asecan han nominado el trabajo de las actrices Belén Cuesta por ‘La llamada’; Adelfa Calvo por ‘El autor’;  Virginia de Morata por ‘Resort Paraíso’ Natalia Roig por ‘El intercambio’ y Kiti Mánver por ‘Las heridas del viento’.

Por su parte los intérpretes masculinos nominados son Juan Diego por ‘No sé decir adiós’, Pepón Nieto por ‘El intercambio’, Jaime Ordóñez por ‘El bar’, y Antonio de la Torre en una doble nominación que reconoce su trabajo en ‘Abracadabra’ y ‘El autor’.

“La producción andaluza ha mantenido en 2017 su buen pulso en general, sobreponiéndose a la crisis económica, con 18 largometrajes de ficción, 25 documentales y 55 cortos presentados en esta edición.  Por otro lado, expresamos nuestra satisfacción con el comienzo de la tramitación de la Ley del Cine, con la que esperamos poder contar en los próximos meses” ha manifestado Paisano durante el acto.

“Desde 2012 la Fundación SGAE ofrece respaldo a este gran punto de encuentro de la cinematografía y la creación andaluzas, con lo que afianzamos nuestro objetivo de promocionar e impulsar el trabajo de los autores andaluces que desarrollan su profesión en el campo del audiovisual, cada vez más reconocidos en el resto del territorio nacional”, ha expresado Arturo Cid, consejero andaluz de la SGAE.

En esta edición de los Premios ASECAN, se han presentado en total 390 candidaturas en las 23 categorías convocadas. Por provincias, Sevilla es un año más la provincia que más candidaturas presenta, con 192 (que suponen casi la mitad, un 49,23%), seguida de Málaga con 76 (un 19,49%), Jaén con 34 (un 8,72%), Cádiz con 22 (un 5,64%), Córdoba con 21 (un 5,38%), Huelva con 19 (un 4,87%), Almería con 14 (un 4,87%) y Granada con 12 (un 3,08%).

La XXX Gala de Entrega de los Premios del Cine Andaluz se celebrará el 27 de enero de 2018 en el Teatro Lope de Vega de Sevilla, con el respaldo oficial de la Fundación SGAE, y la colaboración de la Consejería de Turismo y Deporte y la colaboración del ICAS (Ayto. de Sevilla) y de la Fundación AISGE (Artistas, Intérpretes Sociedad de Gestión), Fundación Bancaria Unicaja, EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales), AEDAVA, Heineken-Cruzcampo, Renfe y ASINPE (Asesoría Oficial de ASECAN).

ASINPE Y TABACASOL CON LA CULTURA.

 

Cuidado con las cooperativas de autónomos…

Cuidado con las cooperativas de autónomos…

Las llamadas «cooperativas de autónomos» ha sido tema de actualidad este verano por la sanción y el cierre decretado a la más popular y la mayor de este tipo de firmas, Factoo, utilizada para canalizar las facturas de autónomos.

Las llamadas «cooperativas de autónomos» ha sido tema de actualidad este verano por la sanción y el cierre decretado por Empleo a la más popular y la mayor de este tipo de firmas, Fidelis Factu, S. Coop., comercialmente conocida como Factoo. Empleo considera que su actividad no es la de una auténtica cooperativa y que la decisión de se basa, según un comunicado del propio Ministerio, en que Factoo incumple el artículo 116 de la Ley de Cooperativas.

La labor de Factoo es conocida en el mundo laboral como «cooperativa de facturación». Es decir, su labor es actuar a cambio de una comisión como intermediaria entre profesionales con la Seguridad Social y Hacienda para facturar sus trabajos. De esta forma, el usuario no se da de alta como autónomo y paga menos impuestos, porque factura como si fuera trabajador de una cooperativa, a la que puede estar asociado solo unos días.

Según la promoción que hacia la misma entidad, se presenta como una «cooperativa de trabajo asociado» y bajo el lema «cotiza solo el tiempo que trabajes». Los usuarios de Factoo tenían que inscribirse en su web y abonar una cuota de socio de 30 euros para ser cooperativistas. Esta cantidad se reembolsa íntegramente al darse de baja si han realizado al menos diez facturas o ingresado más de 1.500 euros. En caso contrario, solo se devolverán 10 euros. Los usuarios de la supuesta cooperativa podían emitir facturas a sus clientes a través de esa cooperativa, sin tener que darse de alta como autónomo o constituir una empresa. Las facturas, eso sí, se emiten a nombre de Factoo, que será la encargada de cobrar por los servicios ofrecidos con el compromiso de liquidar al socio en un máximo de tres días desde el cobro. Factoo decía que el ahorro para los usuarios sería de alrededor del 30% de su facturación bruta.

No obstante, Empleo argumenta que Factoo no es realmente una sociedad cooperativa porque no tiene como objeto la colaboración de los socios para el logro de un objetivo común mediante su trabajo, sobre la base de la ayuda mutua y un patrimonio común. Tal vez lo más grave no es que Factoo se aprovechara de las ventajas de la figura legal de la sociedad cooperativa, sino que quienes usaron sus servicios pueden ser acusados de fraude a la Seguridad Social porque en lugar de registrarse como autónomos y pagar la cuota, usaban la cooperativa para evitarlo. De hecho, muchos usuarios de Factoo están siendo investigados y se les puede reclamar el equivalente de las cuotas de autónomos no pagadas.

¡Que tengáis un feliz fin de semana!

 

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